Los fondos Next Generation EU fueron la respuesta de la Unión Europea frente a la crisis de la Covid, para dar soporte económico a los estados miembros de la UE a través de créditos por un valor total de 750.000 M€, a repartir entre 2021 y 2026. De estos fondos se han derivado diferentes actuaciones, entre las que se encuentra el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Un plan que cada Comunidad Autónoma lanza y aplica por separado y, en muchas ocasiones, con una justificación y documentación a presentar diferente.
Este plan es especialmente interesante para nuestro sector, ya que persigue el ahorro en el consumo energético, con un aumento de al menos un 7% en la eficiencia energética de la vivienda. Nuestras ventanas Replus son óptimas para conseguir la reducción en la factura energética, puesto que cumplen con las condiciones y el coeficiente de aislamiento necesario para el aumento de eficiencia energética de las viviendas.
Con cambiar las ventanas no es suficiente, no vale cualquier ventana, y elegir La Ventana Perfecta de Replus es un pase directo a la ayuda de los fondos europeos.
Plantilla
¿Qué te ofrecen estas ayudas europeas?
De manera general, se puede llegar a obtener un 40% de ayuda directa sobre el presupuesto total del cambio de ventanas, hasta un máximo de 3.000 €. Además, si en la declaración de la renta del ejercicio 2022 sale a pagar, se puede obtener una ayuda indirecta del 20%, hasta un máximo de 1.000 € por vivienda.
Valor añadido Replus
Al margen de estas ayudas, y con la intención de que esta mejora del bienestar y confort del hogar llegue al mayor número de familias, desde Replus hemos emprendido distintas iniciativas para facilitar la tramitación y obtención de estas ayudas, así como la flexibilización del pago.
Plantilla
Un equipo dedicado y profesional
Desde que salieron los primeros decretos, hemos estado trabajando de forma incansable para ofrecer el mejor asesoramiento y poder optar así con las máximas garantías a estas ayudas.
Para conseguir agilizar los trámites y hacerlo de forma más efectiva, abrimos una oficina técnica específica denominada Ayudas Replus, puesta a disposición de todos nuestros puntos de venta para que un equipo dedicado y profesional pudiera atender todas la peticiones recibidas para la obtención de estas ayudas de los fondos europeos para el cambio de ventanas.
¿Quién puede solicitar las subvenciones?
Podrán ser beneficiadas para la solicitud de las subvenciones las siguientes personas o entidades:
▶ Personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
▶ Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.
Plantilla
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Cuando sean personas jurídicas, deberán encontrarse debidamente constituidas, según la normativa que les resulte de aplicación.
Cuando sea la persona arrendataria de la vivienda, deberá contar con la autorización de la persona propietaria para la realización de las actuaciones objeto de la solicitud.
Las viviendas objeto de las actuaciones para las que se solicite financiación han de constituir el domicilio habitual y permanente de las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias en el momento de la solicitud de la subvención.
Plantilla
¿Qué documentos son necesarios?
Cada comunidad Autónoma requiere una documentación diferente, así que debe consultar con el Punto de Venta Replus de su zona la documentación exacta a presentar.
Por norma general se necesita DNI/NIE o NIF de la persona o entidad solicitante en PDF, escritura de constitución (en el caso de que sea persona jurídica), escrituras de la vivienda, o en el caso de solicitud por persona arrendataria se necesitará la autorización del propietario de la vivienda y contrato de alquiler, certificado de empadronamiento de la persona residente, proyecto o memoria justificativa de la actuación (debe contener descripción, presupuesto desglosado, y planos) y reportaje fotográfico en color de los elementos objeto de la subvención antes de la actuación, entre otros documentos.
