La Generalitat Valenciana lanza el Plan Renove de Ventanas 2019 dirigido a personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la Comunitat Valenciana, con el objetivo de facilitar la rehabilitación térmica de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco).
Las ventanas Replus son perfectas para esta subvención porque cumplen con creces los criterios exigidos para la misma y además ofrecen un ahorro energético extra por su calidad, si estás en interesado en recibir más información, envía un correo electrónico a comunicacion@replus.es indicando la localidad dónde te encuentres y te contactará nuestro distribuidor más cercano.
Es el momento ideal para renovar las ventanas de tu hogar y aprovecharte de esta subvención.
¿Por qué cambiar tus ventanas?
- Para mejorar el confort general de la vivienda.
- Ganar en aislamiento térmico y control solar.
- Conseguir un buen aislamiento acústico.
- Por el alto ahorro energético que proporcionan las ventanas Replus.
- Incrementar la seguridad de las ventanas.
- Reducir el mantenimiento, unas ventanas nuevas, apenas necesitan mantenimiento
Requisitos de la subvención
- Las ventanas y puertas ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior), no siendo objeto de subvención la reforma de superficies acristaladas ubicadas en los cerramientos interiores.
- Los acristalamientos a sustituir deberán ser acristalamiento simple. En el caso de sustitución de ventanas y puertas-ventanas correderas ineficientes térmicamente, los acristalamientos existentes podrán ser simples o dobles.
- Las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE.
- Las nuevas ventanas tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m3/h.m2 a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207.
- Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser, dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I de la convocatoria de ayudas, las detalladas en la siguiente tabla:
No se considerará actuación susceptible de ayuda:
- Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.
- Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplie la superficie habitable de la vivienda, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.
- La renovación de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.
- La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente
- La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar
- Se considerarán sólo proyectos cuyo coste subvencionable sea superior a 1.000 €.
- No podrán acogerse a las presentes ayudas las renovaciones realizadas con anterioridad al 29 de enero de 2018.
El coste subvencionable se calculará con la suma de la inversión en acristalamiento, marco, premarco, montaje y desmontaje, más el IVA, descontada la aportación del comercio o empresa instaladora adherida al Plan Renove de Ventanas.
No serán subvencionables las persianas y otros elementos de protección solar, las obras de albañilería ajenas al objeto de estas ayudas, ni las tasas o licencias necesarias para llevar a cabo la instalación.
Solo será tenida en cuenta una única solicitud de ayuda por cada persona interesada.
Tipo de ayuda
La cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda.
Más información en: http://planrenove.ivace.es/es/plan-renove-ventanas?fbclid=IwAR04dcX7pTusz_jKUO64oNj797mqaFOiw1kSu1KBbRBHPp30gMbor4Ron44